- abril 12, 2023
- amontemayor
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La época de declaraciones anuales al fisco llegó a la República Mexicana, y los contribuyentes están doblemente preocupados.
Por un lado, la angustia está en realizar esta obligación en tiempo y, sobre todo, en forma; por el otro, porque en caso de resultar así, se tendrá que realizar el pago de impuestos que corresponda; y es que, dependiendo que tan bien hemos llevado nuestros temas fiscales a lo largo del año, la suma podría resultar considerable.
Y es que, cómo sabemos, tras la pandemia, con los conflictos mundiales y la inflación, el poder adquisitivo de muchas familias mexicanas, y, por tanto, de los contribuyentes, pues no se encuentra en los mejores niveles.
Bajo este panorama, desafortunadamente se corre el riesgo de que, quienes resulten con saldo a pagar ante el SAT en la declaración anual, no puedan cumplir con esta obligación, no por irresponsables, sino porque la economía tal vez no se los permita.
Sin embargo, no todo está perdido, pues existe una vía por la cual se puede pagar el saldo del ISR en parcialidades, como lo establece el propio Servicio de Administración Tributaria; “En el caso de que desees liquidar tu adeudo, pero no cuentas con la totalidad del importe, cuentas con la facilidad de pagarlo en mensualidades o de forma diferida”.
Incluso, cual si fuera una compra de productos o servicios existe la opción de realizar en seis, 12 o hasta 36 dicho pago.
La ventaja que ofrece la autoridad fiscal, para acceder a este beneficio es que se puede realizar presencial o por internet, ya que solo hay que llenar un formulario que se dirigirá a la Administración Desconcentrada de Recaudación para solicitar el pago en parcialidades o pago diferido.
Eso sí, hay que poner mucha atención en los detalles del adeudo total y señalar la cantidad de parcialidades solicitadas; en el caso de ser un pago diferido, no puedes olvidar que tendrás que colocar la fecha en que cubrirás el adeudo, y por supuesto cumplir con ese acuerdo en tiempo y forma.
Después de eso, habrá que enviarlo a través de la página de internet del SAT o en las oficinas físicas, guardar el acuse de recepción con el número de folio del trámite y tu acuse de recibo, para dar seguimiento a tu solicitud. El plazo de espera para saber si el SAT admitió su solicitud tarda 10 días hábiles.
Con esta ayuda no hay pretexto, si queremos estar al día con nuestras obligaciones fiscales y no tener problemas más graves o costos con el SAT.